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Términos y condiciones Referidos Alma 72

  1. DEFINICIONES:

1.1 Campaña: Campaña de bonos de descuentos y por referidos del proyecto Alma 72, adelantada por Apiros S.A.S. con la finalidad de incentivar la venta de inmuebles en el proyecto de construcción que se definirá más adelante en este documento, dirigido a personas que cumplan con los requisitos indicados en el presente documento durante la vigencia de la campaña.

1.2 Proyecto: Se refiere al proyecto de construcción denominado Alma 72, el cual es desarrollado por Apiros S.A.S., en la ciudad de Bogotá D.C.

1.3 Participante: Cualquier persona interesada en adquirir una unidad de vivienda en el Proyecto mencionado, o en referir a un tercero para que adquiera un inmueble en dicho Proyecto, siempre que cumpla con las condiciones establecidas en este documento.

1.4 Referido: Cualquier persona natural interesada en adquirir un inmueble en el Proyecto mencionado por haber sido referido por uno de los Participantes de la Campaña. Para que se pueda considerar como un Referido por un Participante, es importante que este último haya suscrito los documentos que lo vinculan a la siguiente Campaña, Mediante los que acepte los términos y condiciones de la misma.

1.5 Bonos de descuento de inmuebles y Bonos de compra de acabados: Los siguientes son los bonos que se entregarán en virtud de la presente Campaña:

a) Bonos de descuento en inmueble del Proyecto por CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000): Este bono de descuento se le concederá a los Participantes interesados en adquirir un inmueble en el Proyecto, siempre y cuando cumplan con los requisitos y/o condiciones indicadas en el presente documento. El bono se descontará del precio del inmueble, únicamente en caso de que tenga lugar el otorgamiento de la escritura pública de compraventa mediante la que se instrumente la transferencia de la propiedad del inmueble en favor del Participante. Dicho bono de descuento beneficiará por una sola vez a quien ostente la calidad de comprador/encargante/adquirente del inmueble, de conformidad con lo indicado en el presente documento. Únicamente se aplicará un solo bono de descuento por inmueble, sin importar que la calidad de comprador/encargante/adquirente esté conformada por más de una persona. (cantidad de bonos disponibles: 20)

b) Bono de descuento en inmueble del Proyecto por DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000)  o Bono de compra de acabados y/o decoración en Homecenter de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000) (Los bonos son excluyentes, el participante deberá elegir alguno de los dos). (cantidad de bonos disponibles: 20)

  • El  Bono de descuento en inmueble del Proyecto por DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000) se le concederá a los Participantes que estén en proceso de adquirir un inmueble en el Proyecto y también refieran a terceros para que adquieran otro inmueble en el Proyecto, siempre y cuando cumplan con los requisitos y/o condiciones indicadas en el presente documento. El bono se descontará del precio del inmueble que el Participante tiene en trámite de adquisición, únicamente en caso de que tenga lugar el otorgamiento de la escritura pública de compraventa mediante la que se instrumente la transferencia de la propiedad del inmueble en favor del Participante. Dicho bono de descuento beneficiará por una sola vez a quien ostente la calidad de comprador/encargante/adquirente del inmueble, de conformidad con lo indicado en el presente documento. Únicamente se aplicará un solo bono de descuento por inmueble, sin importar que la calidad de comprador/encargante/adquirente esté conformada por más de una persona.
  • El Bono de compra de acabados y/o decoración en Homecenter de TRESCIENTOS MIL PESOS ($300.000): Este bono de Homecenter para la adquisición de acabados y/o decoración, se le concederá a los Participantes que no tengan en curso la adquisición de un inmueble en el Proyecto, pero estén interesados en referir a terceros para que adquieran un inmueble en el Proyecto, siempre y cuando cumplan con los requisitos y/o condiciones indicadas en el presente documento. El bono se le entregará al Participante que haga la referencia del tercero, únicamente en caso de que tenga lugar el otorgamiento de la escritura pública de compraventa mediante la que se instrumente la transferencia de la propiedad del inmueble en favor del Referido, y siempre y cuando el Participante haya suscrito previamente los documentos mediante los que declaró conocer la presente Campaña y estar dentro del grupo de Participantes inscritos. Dicho bono beneficiará por una sola vez al Participante que se encarga de referir a un tercero, de conformidad con lo indicado en el presente documento.
  • Los bonos serán aplicados según la disponibilidad de unidades durante la vigencia de la presente Campaña.
  • En caso de que Participante adquiera el inmueble del Proyecto junto con otro encargante/adquirente, el bono de descuento únicamente se le concederá al Participante.
  • En caso de que el Participante adquiera el inmueble del Proyecto junto con otro encargante/adquirente, por ningún motivo se considerará que el otro encargante/adquirente fue referido por el Participante, toda vez que el bono de descuento sobre el valor del inmueble del Participante se causa si el tercero referido cumple con los requisitos para adquirir un inmueble que debe ser distinto al inmueble del Participante.
  • Los bonos de descuento o de compra de la presente Campaña no son acumulables entre ellos, ni con los de otras promociones y/o descuentos. Tampoco serán transferibles, ni redimibles en dinero, o canjeables por otros bienes o descuentos.

1.6 Legalización: Dentro del periodo de vigencia de la presente Campaña, los Participantes deberán adelantar y cumplir con las siguientes actividades:

  • Bono de descuento en inmueble del Proyecto por CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000): Para ser beneficiario de este bono de descuento, el Participante deberá cumplir lo siguiente dentro del término de duración de la Campaña:
  • Consignación total del valor equivalente a la separación del inmueble.
  • Trámite completo de vinculación con la fiduciaria asignada al proyecto en calidad de Encargante/Adquirente.
  • Firma de la totalidad de los documentos indicados por Apiros S.A.S. y/o la fiduciaria respectiva.
  • Verificación y aprobación por parte de jefe de la sala de ventas del cumplimiento de los hitos anteriores.
  • Aprobación del crédito y/o del subsidio para la adquisición del inmueble, y presentación a Apiros S.A.S. de los soportes que lo certifiquen. En caso de que el Participante compre el inmueble con modalidad de pago de contado, podrá participar una vez cumpla con los demás requisitos mencionados en el presente literal.
  • Bono de descuento en inmueble del Proyecto por DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000): Para ser beneficiario de este bono de descuento, el Participante deberá cumplir con los requisitos mencionados en el Literal a) del Numeral 1.6. recién mencionados. Al mismo tiempo, el Participante deberá conseguir que el tercero referido también cumpla con los mismos requisitos dentro del mismo término. Todo lo anterior, dentro del término de duración de la Campaña.
  • Bono de compra de acabados y/o decoración en Home Center de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000): Para ser beneficiario de este bono de compra, el Participante deberá conseguir que el tercero referido cumpla con los requisitos mencionados en el Literal a) del Numeral 1.6. antes mencionados. Todo lo anterior, dentro del término de duración de la presente Campaña. Para poder ser beneficiario de este bono de compra, el Participante deberá haber firmado los documentos mediante los que acepta los términos y condiciones de la presente Campaña, con el fin de ser vinculado como uno de los Participantes de la misma antes de proceder a hacer las referencias respectivas.

2. REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Los requisitos con los que deben contar los Participantes y los Referidos de esta Campaña, son:

  • Ser mayor de edad.
  • Estar interesado en adquirir un inmueble en el Proyecto, o en referir a un tercero que adquiera un inmueble en el Proyecto.
  • Cumplir con los requisitos indicados en estos Términos y Condiciones.

3. DIVULGACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA CAMPAÑA:

Esta Campaña se podrá poner en conocimiento de los Participantes y de los terceros referidos a través de medios como la página web y las redes sociales de Apiros S.A.S., y la página web que eventualmente tenga el Proyecto, junto con todos los medios de comunicación que permitan que la presente Campaña se difunda a la mayor cantidad de posibles Participantes y terceros referidos. Todos los Participantes y terceros referidos deberán manifestar el conocimiento y aceptación de todas las condiciones de la presente Campaña, mediante la firma de un documento que las contenga y que hará parte de los documentos de la legalización de la compra de los inmuebles del Proyecto.

PARÁGRAFO: Apiros S.A.S. se reserva el derecho de hacer modificaciones, adiciones o aclaraciones en esta Campaña en caso de considerarlo necesario, lo cual será puesto en conocimiento a través de los medios indicados en el presente documento. En este caso, Apiros S.A.S. también podrá remitir esta información a los correos electrónicos de contacto que hayan sido indicados por los Participantes y los terceros referidos.

4. CONDICIONES GENERALES DE LA CAMPAÑA:

  • Apiros S.A.S. se reserva el derecho de revocar el bono de descuento y/o el bono para compra en caso de que evidencie que se obtuvo(vieron) de manera fraudulenta, como por ejemplo, con el aporte de información falsa. Adicionalmente, Apiros S.A.S. podrá tomar las acciones legales pertinentes del caso.
  • En el caso de los bonos de descuento, si el Participante se retira de la negociación o es desistido de la misma por Apiros S.A.S., el bono de descuento no será reembolsable, ni redimible, pues solamente podrá hacerse efectivo en caso de que el Participante otorgue la escritura pública de compraventa de su inmueble. Lo mismo sucederá con el bono para la compra de acabados en caso de que el tercero referido se retire de la negociación o es desistido de la misma por Apiros S.A.S.
  • El diligenciamiento del formulario de participación en la actividad por parte del Participante y del tercero referido, es la manifestación del conocimiento del presente reglamento y sus disposiciones, las que aceptan y a las que se adhieren.
  • Los bonos para la compra de acabados de Homecenter estarán sujetos a los Términos y Condiciones de la Tienda.

5. VIGENCIA DE LA CAMPAÑA

Esta Campaña estará vigente entre el 20 de mayo y el  31 de julio de dos mil veintidós (2022).

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