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Procedimiento de consulta y reclamo de datos

Texto procedimiento consulta y reclamo de datos

  1. CONSULTAS
    Titular o causahabiente
    • Presenta su consulta o solicitud en los canales dispuestos por la Sociedad.
    Sociedad
    • Atiende y responde la consulta al Titular o causahabiente, en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la solicitud.
    En caso que la Sociedad no pudiere atender la solicitud en ese término, informará al titular de los datos personales sobre los motivos de la demora señalando y fijando nueva fecha para responder y atender la consulta. En ningún caso este término podrá ser superior a los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término de diez (10) días hábiles.
  2. RECLAMOS
    El Titular o sus causahabientes que consideren que la información contenida en alguna de las bases de datos de la Sociedad debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando advierta el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la ley 1581 de 2012 de Protección de Datos Personales y el Decreto 1377 de 2013, podrá presentar un reclamo a la Sociedad, como Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento, el cual deberá ser tramitado conforme al siguiente procedimiento:
    Titular o causahabiente
    • Formula el reclamo mediante solicitud dirigida a Apiros S.A.S. en los canales dispuestos por ésta (*), la cual deberá contener: (i) identificación del Titular; (ii) descripción de los hechos que dan lugar al reclamo; (iii) la dirección de notificación; y (iv) documentos que quiera hacer valer.
    Sociedad
    • Recibe y valida los soportes, en caso de requerirse.
    • Radica de manera inmediata en el sistema el reclamo, registrando la fecha de recepción, el nombre del reclamante y el motivo del reclamo.
    • Si la Sociedad detecta que el reclamo está incompleto, requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo con el fin de subsanar las faltas.
    Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante o reclamante presente la información requerida por la Sociedad, se entenderá que ha desistido del reclamo.
    • Si la Sociedad detecta que no es competente para resolver el reclamo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará dicha situación al interesado.
    • Analiza, soluciona (de ser el caso) y remite respuesta al Reclamante Titular o Causahabiente en un término máximo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo para atender el reclamo.
    Si la Sociedad no puede atender el reclamo dentro de dicho término, informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
    Requisito de procedibilidad
    Titular o causahabiente
    Podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio una vez haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante la Sociedad.
  3. MEDIOS Y CANALES IMPUESTOS POR APIROS PARA LA
    ATENCIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS
    Los medios y canales dispuestos por Apiros para la atención de consultas y reclamos son los siguientes:
    • Presencial: Oficinas de Apiros Calle 82 No. 10-39 Piso 4.
    • Telefónicamente: con el Centro de Atención Telefónica de Apiros en Bogotá en el PBX 3265310
    • Email: apirosencontacto@apiros.com.co
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